Con el plan de apertura económica puesto en marcha, estas acciones educativas son fundamentales para el control de la propagación del virus.
En Medellín, como en cada ciudad del país, el aislamiento preventivo obligatorio trajo muchos retos para las administraciones locales. Con el comercio cerrado y la crisis económica acechando, la administración local entendió que debía actuar rápido en la tarea de acondicionar espacios y capacitar a comerciantes, esto con el fin de lograr una reapertura pronta y exitosa.
Durante la cuarentena, y hasta la fecha, en Medellín se han desarrollado múltiples acciones educativas con los representantes de diferentes establecimientos para darles claridad sobre los protocolos de bioseguridad. A la fecha, unos 600 comerciantes han participado de estas capacitaciones y acciones educativas virtuales. Los encuentros son organizados con los diferentes gremios y no tienen costo.
Con el plan de apertura económica de Medellín que ya entró en marcha, esta semana los gimnasios, las plazoletas de comida de centros comerciales, los restaurantes y los expendios de alimentos que cumplieron de manera estricta con la normatividad sanitaria, pudieron iniciar sus actividades. Sin embargo, la Secretaría de Salud insiste en la importancia de no bajar la guardia y ser rigurosos con el autocuidado. Personal del programa de Inspección, Vigilancia y Control de la Secretaría de Salud adelanta visitas para verificar el cumplimiento de estos bioprotocolos.
El tema más fuerte de las capacitaciones fue el empleo correcto de las normas sanitarias. La subsecretaria de Salud Pública, Natalia López Delgado, explicó que se trata de dar cumplimiento a recomendaciones básicas como el uso de elementos de protección personal para empleados y clientes, esto incluye el uso adecuado de la mascarilla, tener lavamanos con agua, jabón, toallas, gel antibacterial o alcohol con una concentración entre el 60% y el 70% y garantizar el distanciamiento mínimo de dos metros entre las personas:
“Debe haber un control de aforo y cada establecimiento debe garantizar los mecanismos para esto. También debemos garantizar que las personas que reporten algún síntoma o presenten alguna señal de infección respiratoria sean canalizadas y reciban la atención en su lugar de residencia o en una institución de salud”, agregó la funcionaria.
Los establecimientos deberán tomar la temperatura, contar con señalización visible y en buen estado, garantizar el lavado de manos de los trabajadores cada hora, mantener estabilidad de los grupos por turnos para permitir la identificación y seguimiento de posibles casos, hacer un manejo estricto de guantes y eliminar la entrega de publicidad impresa.
Para los centros comerciales es importante contar con horarios escalonados de apertura y cierre, tener los datos de los proveedores y de los empleados, controlar el aforo garantizando la permanencia de una persona por cada 10 metros cuadrados de área, contar con una puerta de entrada diferente a la de salida y verificar que en las tiendas y locales no haya más de una persona por cada cinco metros cuadrados.
En los restaurantes debe haber una distancia mínima de 2 metros entre mesas, se recomienda realizar reservas y adelantar el pedido con el envío del menú. Los domicilios deben llevar doble bolsa y estar debidamente sellados.
Normatividad para la adopción de los protocolos
La adopción de los protocolos de bioseguridad se ha establecido en diferentes actos administrativos del Gobierno Nacional que se han publicado durante la contingencia por el virus.
Dentro de los actos administrativos más relevantes, en los que se capacitó a comerciantes y representantes y que contemplan los lineamientos exigidos para la reapertura de los sectores se encuentran:
- La Resolución 666 de 2020 del Ministerio de Salud: por la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y dar un adecuado manejo a la pandemia por coronavirus.
- La Resolución 735 de 2020: que indica el protocolo de bioseguridad para el control del riesgo de coronavirus en servicios domiciliarios, mensajería y plataformas digitales.
- La Resolución 749 de 2020: que aplica para el comercio de alimentos, bebidas y tabaco en hoteles, establecimientos especializados, restaurantes, cafeterías y servicios móvil de comidas
- La Resolución 1050 de 2020 para los servicios de entrega para llevar, las actividades de expendio a la mesa, autoservicio, cafeterías, actividades de catering para eventos y otros servicios de comida, entre otros