El tiempo máximo para la implementación de la primera fase del Sistema de Gestión para la Seguridad y Salud en el Trabajo vence en agosto de este año. Sí aún no ha comenzado con esta, su empresa podría recibir multas millonarias.
Por: Maria Isabel Arbeláez
Seguramente usted haya escuchado hablar sobre el Sistema de Gestión para la Seguridad y Salud en el Trabajo, SGSST. Este consiste en una normativa emitida por el Ministerio de Trabajo en la que se reglamenta, con obligatorio cumplimiento, el sector laboral. Antes se conocía como Salud Ocupacional, pero ahora se ha transformado para garantizar una mejora que permita anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que pueden llegar a afectar la seguridad y la salud en el trabajo.
Anteriormente, el Ministerio había dado como plazo el 31 de diciembre de 2016 pero se amplió hasta agosto de este año.
El SGSST lo deben tener todas las empresas, ya sean pequeñas, medianas o grandes, y personas naturales con empleados a cargo. En caso de no estar al día con el Sistema, las entidades con facultad para verificar su cumplimiento podrán multar a la organización con un valor que es gradual conforme a lo establecido en los artículos 134 de la Ley 1438 de 2011 y 12 de la Ley 1610 de 2013.
¿Cómo implementar el Sistema?
Cabe destacar que no cualquier persona puede realizar esta implementación, pues quien lo hace debe tener, en Antioquia, la autorización de la Dirección Seccional de Salud para el desarrollo del SGSST. Corpocentro viene trabajando desde el 2016 en este tema, a través de un proceso que es totalmente personalizado, adecuado a las características y necesidades particulares de cada contratante.
Recuadro:
Para conocer más información sobre las asesorías para la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo, visite www.corpocentro.com o comuníquese al 2312245.
Buenas tardes,
solicito una propuesta para el diseño e implementacion del SG-SST en un edificio en la ciudad de medellin